Los años son un requisito eliminatorio en los procesos selectivos, por arriba y por abajo. Por eso existe una edad máxima para opositar, pero no siempre es la misma y es hora de entrar en materia y contarte las particularidades sobre esta condición que puede condicionarte a la hora de presentar tu candidatura.
¿Hasta qué edad se puede opositar? La respuesta
La respuesta la encontrarás en el portal de clases pasivas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el que habla con sumo detalle sobre todos los tipos de jubilación o retiro para el personal funcionario. Pueden ejecutarse en los siguientes términos:
- Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.
- Por la declaración de incapacidad/inutilidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala.
- Voluntaria, a solicitud del funcionario.
Edad de jubilación forzosa como máximo para opositar
La edad máxima para opositar en la inmensa mayoría de procesos selectivos coincide con la edad de jubilación forzosa, establecida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Por norma general, se fija en el 65 cumpleaños, pero la ley contempla una serie de excepciones en las que se establece a los 70 años de edad que vamos a detallar a continuación:
- Catedráticos/as y los/as funcionarios/as de los Cuerpos Docentes Universitarios y siempre pudiendo optar por jubilarse a la finalización del curso académico en que hubieran cumplido dicha edad.
- Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia forman parte del personal funcionario con una edad de jubilación forzosa a los 70 años.
- Registradores de la Propiedad siempre que hayan ingresado en el cuerpo antes del 1 de enero de 2015, tendrán como edad de jubilación forzosa los 70 años.
También se indica que el personal funcionario civil de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella podrán optar por la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta que cumplan, como máximo, los setenta años de edad. Pero esta petición tiene que aceptarse y, aunque se valide, el/la profesional siempre tendrá la posibilidad de solicitar el retiro voluntario en caso de que sea necesario.
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, un caso aparte en la edad máxima para opositar
Dadas las condiciones profesionales a las que están sometidos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, las personas que presentan sus candidaturas deben estar en perfecto estado de salud para ser admitidas. Además, desde las instituciones, acortan la edad máxima para entrar en los organismos que la componen.
No todos los CFSE tienen una edad máxima más temprana: la Policía Local, la Policía Nacional, el Cuerpo de Bomberos/as o los Mossos d’Esquadra fijan el límite en los 65 años.
Por todo ello, iremos analizando uno a uno los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para que te hagas una composición de los máximos de edad para opositar a cada proceso selectivo.
El Ejército
Sin duda, las Oposiciones a la Tropa y Marinería representan a uno de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado al que se le exige un alto rendimiento. Para ello se valen de un personal en perfectas condiciones físicas al que se le impone un retiro de las Fuerzas Armadas temprano.
La carrera en el Ejército es corta: a los 45 años el personal que lo compone pasan a ser reservistas de especial disponibilidad.
Ateniéndonos a lo que recoge la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, el requisito de la edad para entrar en las filas aparece bien definido y es el siguiente:
- Mayoría de edad, como edad mínima para poder entrar en las Fuerzas Armadas, portar armas y enfrentarse a los entrenamientos de alto nivel en las filas.
- A un año de la treintena, fijando los 29 como edad máxima para opositar a los cuerpos de Tropa y Marinería.
Guardia Civil
Si estás pensando preparar las Oposiciones de la Guardia Civil, ten en mente que existe una edad máxima para presentarte son los 40 años. Pero no siempre fue así: esto lleva implementándose desde 2014, antes era todavía más reducida la ventana para unirse a la Benemérita, los 30 años de edad.
La oportunidad para unirte a la Guardia Civil se da entre los 18 y los 40 años de edad.
La edad mínima para poder unirse al cuerpo son los 18 años, para poder sacar el permiso de conducción, el permiso de portar armas y enfrentarse a los entrenamientos y las condiciones del puesto de trabajo con todas las capacidades físicas y psíquicas que ello requiere.
Ertzaintza
Forman parte de la Policía Local en teoría, pero en la práctica la Ertzaintza presenta matices y diferencias. Uno de ellos es la edad máxima para poder unirse a este Cuerpo de Euskadi, fijada a los 38 años desde 2020. Antes el tope estaba en los 35, marcando tres décadas de diferencia con los/as comisarios/as en el resto del territorio nacional.
La edad máxima para entrar en la Ertzaintza está en los 38 años, salvo que puedas acreditar experiencia previa.
El principal motivo para esta decisión es rejuvenecer el cuerpo de la Ertzaintza con una bolsa de población menor a los 40 años. Hay una excepción para no quedarte fuera de las Oposiciones a la Ertzaintza y es que acumules experiencia policial previa como mérito.
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