Test de 50 preguntas de nivel medio de las Oposiciones de Gestión de la Seguridad Social 1. La solicitud de información de movimientos de cuentas corrientes de bancos o cajas de ahorro exigirá la autorización previa de: El Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social competente. El Subdirector Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social competente en materia de recaudación ejecutiva. El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social. El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente. 2. El facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora: Dos copias del mismo, una para el interesado y otra con destino a la empresa. Tres copias del mismo, una para el interesado, otra para la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social y la tercera copia con destino a la empresa. Cuatro copias, una para el interesado, una para la empresa, una para la mutua y una para el INSS. Una copia de éste. 3. El derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribirá en: Cinco años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación. Ninguna prestación de Seguridad Social es imprescriptible. Cuatro años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación. Tres años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación. 4. Los periodos de cotización asimilados por parto a efectos de pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente son: Un total de noventa y ocho días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 7 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. Un total de ciento doce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 7 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. Un total de ciento doce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 14 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. Un total de ciento catorce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 14 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. 5. La constitución del aval genérico: No suspenderá el procedimiento recaudatorio iniciado o que pudiera iniciarse y no determinará que se considere al sujeto responsable al corriente respecto de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, aunque el importe avalado garantice suficientemente la deuda que pudiera generarse. Suspenderá el procedimiento recaudatorio iniciado o que pudiera iniciarse y determinará que se considere al sujeto responsable al corriente respecto de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, mientras que el importe avalado garantice suficientemente la deuda que pudiera generarse. No suspenderá el procedimiento recaudatorio iniciado o que pudiera iniciarse, aunque determinará que se considere al sujeto responsable al corriente respecto de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, mientras que el importe avalado garantice suficientemente la deuda que pudiera generarse. Sólo suspenderá el procedimiento si se especifica en el aval. 6. En la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, el subsidio se abonará: A cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo. Desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja. A partir del cuarto día de la baja en el trabajo. A partir del tercer día de la baja en el trabajo. 7. Serán beneficiarias del subsidio especial por nacimiento las trabajadoras que reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, excepto: El requisito de carencia de rentas. El período mínimo de cotización establecido. El requisito general de estar afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta. El requisito de no percibir otras prestaciones. 8. El Gobierno, en el marco de los sistemas de protección social pública, puede establecer medidas de protección social en favor de: Los extranjeros residentes en España, de acuerdo con las características propias de su país. Los extranjeros no residentes en España, de acuerdo con las características de los países de residencia. Los españoles no residentes en España, de acuerdo con las características propias de su país. Los españoles residentes en España, de acuerdo con las características propias de nuestro país. 9. La prestación por desempleo se extinguirá por la realización de un trabajo por cuenta propia en el RETA o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, por tiempo igual o superior a: Veinticuatro meses. Sesenta meses. Treinta y seis meses. Doce meses. 10. El subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave se reconocerá por un periodo de: Cuatro meses, prorrogable inicialmente por un periodo de cuatro meses y sucesivos de dos meses. Tres meses, prorrogable por periodos de igual duración. Un mes, prorrogable inicialmente por un periodo de un mes y sucesivos de un mes. Dos meses, prorrogable por periodos de igual duración. 11. Las actas de liquidación de cuotas se extenderán por: La Comunidad Autónoma competente. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda. La Tesorería General de la Seguridad Social. 12. Con carácter general, la valoración de las percepciones en especie satisfechas por los empresarios vendrá determinada por: El coste de adquisición. El valor normal del mercado. El 50% del coste total. El coste medio. 13. Para acreditar el período mínimo de cotización efectiva exigido para acceder a la jubilación anticipada por voluntad del interesado, se computará: La parte proporcional por pagas extraordinarias. El período de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año. Los periodos de actividad deportiva de alto nivel. El período de prestación del servicio militar obligatorio, con el límite máximo de 2 años. 14. En el Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, se entenderá que existen períodos de inactividad dentro de un mes natural cuando el número de jornadas reales en él realizadas sea inferior al: 76,67 por ciento de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el sistema especial en dicho mes. 80 por ciento de las jornadas reales en el último mes. 50 por ciento de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el sistema especial en dicho mes. 90 por ciento de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el sistema especial en dicho mes. 15. El periodo mínimo de cotización necesario para acceder a la jubilación parcial es de: 33 años cotizados salvo que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33% en cuyo caso el periodo mínimo de cotización será de 25 años. 33 años cotizados salvo que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65% en cuyo caso el periodo mínimo de cotización será de 20 años. 30 años cotizados salvo que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33% en cuyo caso el periodo mínimo de cotización será de 20 años. 30 años cotizados para todos los supuestos. 16. No se computarán en la base de cotización las percepciones correspondientes a: Mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas. Vacaciones anuales devengadas y no disfrutadas que sean retribuidas a la finalización de la relación laboral. Vencimiento superior al mensual. Prestaciones de la Seguridad Social. 17. Las personas o entidades depositarias de bienes embargables que, con conocimiento previo del embargo practicado por la Seguridad Social, colaboren o consientan en el incumplimiento de las órdenes de embargo o en el levantamiento de los bienes: Serán responsables únicamente en la medida de su participación. Serán responsables solidarios del pago de la deuda hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar o enajenar. Serán responsables subsidiarios del pago de la deuda hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar o enajenar. Serán responsables subsidiarios del pago del total de la deuda. 18. El Título IV del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, trata sobre la protección por: Desempleo. Jubilación. Incapacidad permanente. Maternidad. 19. La cuantía de una pensión de invalidez no contributiva es compatible con las rentas o ingresos anuales que, en su caso, disponga cada beneficiario siempre que: Los mismos no excedan del 35 por ciento del importe, en cómputo anual, del indicador público de renta de efectos múltiples. Los mismos nos excedan del 25 por ciento del importe, en cómputo anual, del indicador público de renta de efectos múltiples. Los mismos no excedan del 50 por ciento del indicador público de renta de efectos múltiples. Los mismos no excedan del 35 por ciento del importe, en cómputo anual, de la pensión no contributiva. 20. Cuando el empresario haya sido declarado responsable directo del pago de una prestación, las entidades gestoras o mutuas procederán al anticipo del pago de las prestaciones a los beneficiarios, hasta un límite de: Dos veces y media el importe del indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento del hecho causante. Una vez y media el importe del indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento del reconocimiento del derecho. Dos veces y media el importe del indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento del reconocimiento del derecho. Dos veces y media el importe del indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de la solicitud de la prestación. 21. Un trabajador español emigrante retornado de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, con los que no existe un convenio sobre protección por desempleo, tendrá derecho al subsidio por desempleo si: Acredita haber trabajado como mínimo doce meses en los últimos seis años en dichos países desde su última salida de España y no tenga derecho a la prestación por desempleo. Acredita haber cotizado en un régimen que contemple la prestación por desempleo en el país del que retorna y no tenga derecho a la prestación por desempleo. En este caso se tiene derecho a la prestación por desempleo, computándose todos los trabajos realizados desde su salida de España. Acredita haber trabajado un mínimo de seis meses en los últimos cuatro años. 22. La extinción del derecho al Ingreso Mínimo Vital producirá efectos desde: El primer día del mes siguiente a la fecha en que concurran las causas extintivas. El último día del mes anterior a la fecha en que concurran las causas extintivas. El primer día del mes en que concurran las causas extintivas. El día siguiente a la fecha en que concurran las causas extintivas. 23. En el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, se requerirá al trabajador un mínimo de jornadas reales en un periodo continuado de 365 días y solicitud expresa de inclusión en los 3 meses naturales siguientes a la última jornada para quedar incluido durante los periodos de inactividad, si ha realizado un mínimo de: 20 jornadas reales. 30 jornadas reales. 25 jornadas reales. 15 jornadas reales. 24. Los mariscadores, percebeiros, recogedores de algas y análogos, que sean trabajadores por cuenta propia o autónomos, se incluyen en el Régimen Especial de la Seguridad Social de: Los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Los Trabajadores del Mar. El Régimen General. Ningún Régimen Especial. 25. Aunque a la fecha de fallecimiento el causante no se encontrase en alta ni en situación asimilada a la de alta, el cónyuge superviviente podrá tener derecho a la pensión de viudedad si el causante hubiera completado un período mínimo de cotización de: 1.000 días, dentro de los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante de la pensión. 10 años. 15 años. 500 días, dentro de los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante de la pensión. 26. El plazo para la interposición del recurso de alzada en el procedimiento administrativo común, si el acto fuera expreso, es de: Dos meses. Un mes. Seis meses. Tres meses. 27. El periodo mínimo de cotización exigible para la prestación de incapacidad permanente parcial podrá ser modificado: Por Ley ordinaria. Por el Gobierno, mediante Real Decreto. Mediante Resolución del Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, previo informe favorable del Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Por el titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, mediante Orden Ministerial. 28. La pensión de viudedad será: Incompatible con cualesquiera rentas de trabajo. Incompatible con las rentas de trabajo, salvo que resulten inferiores a 1,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional vigente en el momento del hecho causante. Compatible con cualesquiera rentas de trabajo. Compatible únicamente con rentas del trabajo por cuenta ajena. 29. La mera solicitud de aplazamiento: Únicamente suspende el procedimiento recaudatorio si se ha solicitado de forma expresa. No suspende el procedimiento recaudatorio. Suspende el procedimiento recaudatorio por un máximo de 30 días. Suspende el procedimiento recaudatorio. 30. Las entidades depositarias de bienes embargables que, con conocimiento previo del embargo practicado por la Tesorería General de la Seguridad Social, colaboren en el incumplimiento de las órdenes de embargo, serán responsables solidarios: Del pago de la deuda hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar. Del 50% del valor de los bienes embargados. Del pago total de la deuda cualquiera que sea el valor de los bienes que se hubieran podido embargar. Del pago del 25% del total de la deuda, con independencia del valor de los bienes que se hubieran podido embargar. 31. En los supuestos de solicitudes de altas de trabajadores autónomos, presentadas fuera de plazo, la base de cotización para el periodo comprendido entre la fecha del alta y el último día del mes natural inmediatamente anterior a aquel en que se presentó la solicitud, será: La base máxima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La base de cotización mínima para contingencias comunes para los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social del grupo de cotización 7. La base mínima del tramo 1 de la tabla general de bases de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La base mínima del tramo 3 de la tabla reducida de bases de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 32. La Orden ISM/450/2023, de 4 de mayo, que actualiza las cantidades a tanto alzado de las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no invalidantes, diferencia las lesiones en seis epígrafes según: El agente causante de la lesión. La parte del cuerpo afectada. La gravedad de la lesión. El puesto de trabajo desempeñado. 33. La colaboración obligatoria de las empresas en el pago de la prestación económica de la incapacidad temporal se mantendrá hasta: El último día del mes en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya expedido el alta médica con propuesta de incapacidad permanente. El último día del mes en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya expedido el alta médica por curación o mejoría. La finalización del periodo de 545 días de duración de la IT. El último día del mes en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya expedido el alta médica por mejoría o incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos. 34. El artículo 41 de la Constitución Española garantiza la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, incluyendo específicamente el caso de: Jubilación. Huérfanos. Viudedad. Discapacidad. 35. El empresario es el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar a la Seguridad Social, conforme al Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social: No, son los empresarios y trabajadores incluidos en el Sistema de la Seguridad Social. No, es la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. Sí, el empresario. No, es la Tesorería General de la Seguridad Social. 36. Las medidas cautelares se levantarán de oficio cuando no se hayan convertido en definitivas dentro del procedimiento de apremio y haya transcurrido el plazo de: Seis meses desde su adopción. Veinticuatro meses desde su adopción. Dieciocho meses desde su adopción. Doce meses desde su adopción. 37. El tiempo mínimo que ha de estar constituida la unidad de convivencia de forma continuada antes de la solicitud de la prestación del Ingreso Mínimo Vital es: Seis meses exceptuando algunos supuestos. Un año inscritos en el padrón municipal. Tres meses. Doce meses ininterrumpidos. 38. El sistema de la Seguridad Social se fundamenta en los principios de: Suficiencia, asistencia y descentralización. Progresividad, economía, libre elección y equidad. Universalidad, unidad, solidaridad e igualdad. Equidad, corresponsabilidad, discrecionalidad y economía. 39. Para acreditar el periodo mínimo de cotización exigible para poder causar la pensión de jubilación, son computables: Las cotizaciones efectuadas por el Servicio Público de Empleo Estatal durante el percibo del subsidio para mayores de 52 años. Los días asimilados correspondientes al beneficio por cuidado de hijos o menores acogidos. El período de descanso por nacimiento y cuidado de menor que subsista a la fecha de extinción del contrato de trabajo. Las cotizaciones por desempleo de nivel contributivo. 40. No dará lugar a su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social: Los Altos cargos de las administraciones públicas y de las entidades y organismos vinculados o dependientes de ellas, que no tengan la condición de funcionarios públicos. Los trabajos que se ejecuten ocasionalmente mediante los llamados servicios amistosos, benévolos o de buena vecindad. Las personas que presten servicios retribuidos en entidades o instituciones de carácter benéfico-social. El personal civil no funcionario al servicio de organismos y entidades de la Administración Local. 41. Tendrán la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad: Los períodos de hasta dos años de excedencia que los trabajadores disfruten en razón del cuidado de cada hijo o menor en régimen de acogimiento permanente o de guarda con fines de adopción. Los periodos de excedencia voluntaria por interés particular. Los períodos de hasta un año de excedencia que los trabajadores disfruten en razón del cuidado de cada hijo o menor en régimen de acogimiento permanente o de guarda con fines de adopción. Los períodos de hasta tres años de excedencia que los trabajadores disfruten en razón del cuidado de cada hijo o menor en régimen de acogimiento permanente o de guarda con fines de adopción. 42. La aplicación de los beneficios por cuidado de hijos o menores no podrá dar lugar a que el período de cuidado de hijo o menor, considerado como período cotizado, supere: 1 año por beneficiario. 3 años por beneficiario. El tiempo de duración del permiso por nacimiento y cuidado del menor. 5 años por beneficiario. 43. El Equipo de Valoración de Incapacidades está constituido por: Un Presidente y cuatro Vocales. Un Presidente, tres Vocales y un Administrador. Un Presidente y tres Vocales. Seis Vocales y seis Consejeros. 44. Es causa de extinción del derecho al Ingreso Mínimo Vital: El mero cambio de domicilio sin notificación. La salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales al año. La pérdida de la nacionalidad española. La salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a cuarenta y cinco días naturales al año. 45. El embargo de bienes inmuebles se notificará: Únicamente al titular del bien. A los anotantes posteriores. A los anotantes anteriores. A los anotantes posteriores, si son conocidos. 46. La cuantía máxima de la prestación por desempleo para un trabajador con tres o más hijos a su cargo será: El 200% del indicador público de rentas de efectos múltiples. El 225 % del indicador público de rentas de efectos múltiples. Por tratarse de una familia numerosa no se le aplica el artículo 270, por lo que no hay cuantía máxima. El 175 % del indicador público de rentas de efectos múltiples. 47. El periodo voluntario de recaudación de las cuotas a la Seguridad Social se iniciará y finalizará: Una vez finalizado el plazo reglamentario de ingreso hasta la emisión de la providencia de apremio. Con la emisión de la reclamación de deuda hasta el pago total de la misma. El día de la fecha de vencimiento hasta el último día del mes siguiente. El día primero del mes siguiente al del vencimiento del plazo hasta el día quince del segundo mes. 48. En la reclamación de deuda emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social para la recaudación del recargo sobre prestaciones, se incluyen los intereses de capitalización devengados entre la fecha de efectos económicos de la prestación y la fecha: De la emisión de la reclamación de deuda. Del inicio del procedimiento de apremio. De la notificación de la reclamación de deuda. Del pago total de la deuda. 49. En el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, la cotización adicional a cargo del empresario en los contratos de duración determinada inferior a 30 días: No será de aplicación en este Sistema Especial. Dicha cotización adicional se calculará de acuerdo con las normas establecidas para el Régimen General de la Seguridad Social. Se aplicará con una bonificación del 25%. Dicha cotización adicional se calculará de acuerdo con las normas establecidas para el Régimen General de la Seguridad Social, aplicando una reducción del 50% a la cuota resultante. 50. La base reguladora de los subsidios de incapacidad temporal, debida a enfermedad común o accidente no laboral, maternidad y de desempleo para la Minería del Carbón es: La base de cotización que corresponda, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador el mes anterior al iniciarse dichas situaciones. El promedio de las bases normalizadas de cotización que correspondan, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador en los últimos 180 días anteriores al del mes de inicio de dichas situaciones. La base normalizada de cotización que corresponda, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador al iniciarse dichas situaciones. El promedio de las bases normalizadas de cotización que correspondan, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador en los últimos 365 días anteriores al del mes de inicio de dichas situaciones. La puntuación media es 0% Reiniciar cuestionario Por Wordpress Quiz plugin