Test de 50 preguntas de nivel medio de las Oposiciones de Gestión de la Seguridad Social 1. El periodo mínimo de cotización exigible para la prestación de incapacidad permanente parcial podrá ser modificado: Mediante Resolución del Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, previo informe favorable del Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Por el titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, mediante Orden Ministerial. Por Ley ordinaria. Por el Gobierno, mediante Real Decreto. 2. Las pensiones vitalicias en caso de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez: Impedirán el ejercicio de actividades, cuando sean lucrativas, aunque se consideren compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión. No impedirán el ejercicio de actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión. No impedirán el ejercicio de actividades lucrativas, pero sí las no lucrativas. No impedirán el ejercicio de actividades sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado, aunque representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión. 3. Un trabajador español emigrante retornado de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, con los que no existe un convenio sobre protección por desempleo, tendrá derecho al subsidio por desempleo si: En este caso se tiene derecho a la prestación por desempleo, computándose todos los trabajos realizados desde su salida de España. Acredita haber trabajado como mínimo doce meses en los últimos seis años en dichos países desde su última salida de España y no tenga derecho a la prestación por desempleo. Acredita haber cotizado en un régimen que contemple la prestación por desempleo en el país del que retorna y no tenga derecho a la prestación por desempleo. Acredita haber trabajado un mínimo de seis meses en los últimos cuatro años. 4. La práctica de la prueba que pueda estimarse oportuna, por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la reclamación de tercería, tendrá un plazo máximo de: Seis meses, a contar desde el día de la remisión por la unidad de recaudación ejecutiva a la Dirección Provincial para su resolución. Tres meses, a contar desde el día de la remisión por la unidad de recaudación ejecutiva a la Dirección Provincial para su resolución. Tres meses, a contar desde el día en que se promovió. Seis meses, a contar desde el día en que se promovió. 5. El responsable del tratamiento podrá dar cumplimiento al deber de información facilitando al afectado: La información básica que establece la ley e indicación de cómo acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información. Un resumen de la información esencial. La información básica sobre el tratamiento de sus datos que el responsable del tratamiento determine. La información básica sobre el tratamiento de sus datos que la autoridad de control competente determine. 6. Las notificaciones realizadas en la sede electrónica de la Seguridad Social se entenderán rechazadas cuando, existiendo constancia de la puesta a disposición del interesado del acto objeto de notificación, transcurran: 15 días hábiles sin que se acceda a su contenido. 5 días naturales sin que se acceda a su contenido. 10 días hábiles sin que se acceda a su contenido. 10 días naturales sin que se acceda a su contenido. 7. La Secretaría de Estado de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones posee dos Secretarías de Estado que se denominan: Secretaría de Estado de Inmigraciones y Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. Secretaría de Estado de Inmigraciones y Secretaría de Estado de la Seguridad Social. Secretaría de Estado de Migraciones y Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. Secretaría de Estado de Inmigraciones, Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Prestaciones. 8. El período mínimo de cotización exigible para la incapacidad permanente parcial es de: Trescientos días a lo largo de la vida laboral de la persona trabajadora. Mil ochocientos días, que han de estar comprendidos en los diez años inmediatamente anteriores a la fecha de extinción de la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente. Mil quinientos días, que han de estar comprendidos en los quince años inmediatamente anteriores a la fecha de extinción de la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente. Mil quinientos días, que han de estar comprendidos en los diez años inmediatamente anteriores a la fecha de extinción de la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente. 9. La Orden ISM/450/2023, de 4 de mayo, que actualiza las cantidades a tanto alzado de las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no invalidantes, diferencia las lesiones en seis epígrafes según: La parte del cuerpo afectada. El agente causante de la lesión. El puesto de trabajo desempeñado. La gravedad de la lesión. 10. Todas las prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional, cuando la lesión se produzca por equipos de trabajo o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los medios de protección reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, se aumentarán, según la gravedad de la falta: De un 30 a un 50 por ciento. De un 10 a un 30 por ciento. De un 40 a un 60 por ciento. De un 20 a un 40 por ciento. 11. La mera solicitud de aplazamiento: Suspende el procedimiento recaudatorio. No suspende el procedimiento recaudatorio. Suspende el procedimiento recaudatorio por un máximo de 30 días. Únicamente suspende el procedimiento recaudatorio si se ha solicitado de forma expresa. 12. La calificación de la incapacidad permanente en sus distintos grados se determinará en función del porcentaje de reducción de: La capacidad de trabajo que reglamentariamente se establezca. La capacidad intelectual y social que reglamentariamente se establezca. La capacidad social y económica que reglamentariamente se establezca. La capacidad económica del beneficiario. 13. Los periodos de cotización asimilados por parto a efectos de pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente son: Un total de ciento doce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 14 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. Un total de ciento doce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 7 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. Un total de ciento catorce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 14 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. Un total de noventa y ocho días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de 7 días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple. 14. La cuantía de una pensión de invalidez no contributiva es compatible con las rentas o ingresos anuales que, en su caso, disponga cada beneficiario siempre que: Los mismos no excedan del 35 por ciento del importe, en cómputo anual, del indicador público de renta de efectos múltiples. Los mismos nos excedan del 25 por ciento del importe, en cómputo anual, del indicador público de renta de efectos múltiples. Los mismos no excedan del 50 por ciento del indicador público de renta de efectos múltiples. Los mismos no excedan del 35 por ciento del importe, en cómputo anual, de la pensión no contributiva. 15. Cuando el trabajador se encuentre en situación de pluriempleo, para la cotización por contingencias comunes el tope máximo de las bases de cotización se distribuirá entre todas las empresas: En proporción a la remuneración abonada al trabajador en cada una de ellas. A partes iguales entre todas las empresas. Según su categoría profesional. En proporción al tiempo trabajado para cada una de ellas. 16. El sistema de la Seguridad Social se fundamenta en los principios de: Progresividad, economía, libre elección y equidad. Equidad, corresponsabilidad, discrecionalidad y economía. Suficiencia, asistencia y descentralización. Universalidad, unidad, solidaridad e igualdad. 17. La colaboración obligatoria de las empresas en el pago de la prestación económica de la incapacidad temporal se mantendrá hasta: El último día del mes en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya expedido el alta médica por mejoría o incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos. El último día del mes en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya expedido el alta médica con propuesta de incapacidad permanente. La finalización del periodo de 545 días de duración de la IT. El último día del mes en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya expedido el alta médica por curación o mejoría. 18. Serán beneficiarias del subsidio especial por nacimiento las trabajadoras que reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, excepto: El período mínimo de cotización establecido. El requisito de no percibir otras prestaciones. El requisito de carencia de rentas. El requisito general de estar afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta. 19. Las entidades depositarias de bienes embargables que, con conocimiento previo del embargo practicado por la Tesorería General de la Seguridad Social, colaboren en el incumplimiento de las órdenes de embargo, serán responsables solidarios: Del pago de la deuda hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar. Del pago total de la deuda cualquiera que sea el valor de los bienes que se hubieran podido embargar. Del 50% del valor de los bienes embargados. Del pago del 25% del total de la deuda, con independencia del valor de los bienes que se hubieran podido embargar. 20. En la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, la prestación por incapacidad temporal se efectúa en la modalidad de pago directo por la Entidad Gestora o la mutua colaboradora con la Seguridad Social para: Los trabajadores por cuenta ajena incluidas en el grupo primero de cotización. Los trabajadores por cuenta ajena incluidas en los grupos segundo y tercero de cotización. Los trabajadores autónomos del sector. Ninguno. 21. Tendrá la consideración de situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes: La de gestación de la mujer trabajadora desde el último día de la semana trigésimo sexta. Las situaciones de riesgo por enfermedades graves. La debida a la interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo. Los períodos de observación por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo durante los mismos, con una duración máxima de ciento ochenta días. 22. La constitución del aval genérico: No suspenderá el procedimiento recaudatorio iniciado o que pudiera iniciarse y no determinará que se considere al sujeto responsable al corriente respecto de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, aunque el importe avalado garantice suficientemente la deuda que pudiera generarse. No suspenderá el procedimiento recaudatorio iniciado o que pudiera iniciarse, aunque determinará que se considere al sujeto responsable al corriente respecto de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, mientras que el importe avalado garantice suficientemente la deuda que pudiera generarse. Suspenderá el procedimiento recaudatorio iniciado o que pudiera iniciarse y determinará que se considere al sujeto responsable al corriente respecto de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, mientras que el importe avalado garantice suficientemente la deuda que pudiera generarse. Sólo suspenderá el procedimiento si se especifica en el aval. 23. El Equipo de Valoración de Incapacidades está constituido por: Seis Vocales y seis Consejeros. Un Presidente y tres Vocales. Un Presidente y cuatro Vocales. Un Presidente, tres Vocales y un Administrador. 24. Los grupos de enfermedades NO incluidos en la clasificación del cuadro de enfermedades profesionales (RD 1299/2006) son las causadas por agentes: Físicos. Psicológicos. Biológicos. Cancerígenos. 25. El tiempo mínimo que ha de estar constituida la unidad de convivencia de forma continuada antes de la solicitud de la prestación del Ingreso Mínimo Vital es: Un año inscritos en el padrón municipal. Doce meses ininterrumpidos. Tres meses. Seis meses exceptuando algunos supuestos. 26. La cuantía de la reducción del tope máximo de pensión en jubilación anticipada por causas no imputables al trabajador es de: 0,25 por ciento por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación. 1,50 por ciento por cada año o fracción de año de anticipación. 0,50 por ciento por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación. 0,25 por ciento por cada año o fracción de año de anticipación. 27. En la reclamación de deuda emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social para la recaudación del recargo sobre prestaciones, se incluyen los intereses de capitalización devengados entre la fecha de efectos económicos de la prestación y la fecha: De la emisión de la reclamación de deuda. Del inicio del procedimiento de apremio. De la notificación de la reclamación de deuda. Del pago total de la deuda. 28. La base reguladora de los subsidios de incapacidad temporal, debida a enfermedad común o accidente no laboral, maternidad y de desempleo para la Minería del Carbón es: El promedio de las bases normalizadas de cotización que correspondan, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador en los últimos 365 días anteriores al del mes de inicio de dichas situaciones. La base de cotización que corresponda, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador el mes anterior al iniciarse dichas situaciones. El promedio de las bases normalizadas de cotización que correspondan, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador en los últimos 180 días anteriores al del mes de inicio de dichas situaciones. La base normalizada de cotización que corresponda, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador al iniciarse dichas situaciones. 29. El plazo para la interposición del recurso de alzada en el procedimiento administrativo común, si el acto fuera expreso, es de: Tres meses. Seis meses. Dos meses. Un mes. 30. El Título IV del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, trata sobre la protección por: Desempleo. Maternidad. Jubilación. Incapacidad permanente. 31. La prestación por riesgo durante la lactancia natural se extinguirá en el momento en que el hijo cumpla: Diez meses, salvo reincorporación anterior al puesto de trabajo compatible. Doce meses, salvo reincorporación anterior al puesto de trabajo compatible. Nueve meses, salvo reincorporación anterior al puesto de trabajo compatible. Seis meses, salvo reincorporación anterior al puesto de trabajo compatible. 32. El embargo de bienes inmuebles se notificará: A los anotantes anteriores. A los anotantes posteriores, si son conocidos. Únicamente al titular del bien. A los anotantes posteriores. 33. Se considera mecanismo de solidaridad intergeneracional para preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social a largo plazo el: Factor de Sostenibilidad. Fondo de Garantía del Sistema de la Seguridad Social. Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Mecanismo de equidad. 34. El causante de la prestación familiar de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, no perderá la condición de hijo o menor a cargo por el mero hecho de realizar un trabajo lucrativo si: Siempre que continúe viviendo con el beneficiario de la prestación y que los ingresos anuales del causante, en concepto de rendimientos del trabajo, no superen el 100 por cien del salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual. Aunque no viva con el beneficiario de la prestación, y siempre que los ingresos anuales del causante, en concepto de rendimiento del trabajo, no superen el 100 por cien del salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual. Siempre que los ingresos anuales del causante no superen el 75% del salario mínimo interprofesional. Aunque no viva con el beneficiario de la prestación, y siempre que los ingresos anuales del causante, en concepto de rendimiento del trabajo, no superen el 125 por cien del salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual. 35. No tendrán la consideración de accidente de trabajo: Los debidos a negligencia del trabajador. Los que sean debidos a imprudencia profesional del trabajador accidentado. Los que sean debidos a caso fortuito. Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo. 36. La cuantía máxima de la prestación por desempleo para un trabajador con tres o más hijos a su cargo será: El 225 % del indicador público de rentas de efectos múltiples. Por tratarse de una familia numerosa no se le aplica el artículo 270, por lo que no hay cuantía máxima. El 200% del indicador público de rentas de efectos múltiples. El 175 % del indicador público de rentas de efectos múltiples. 37. En el Régimen Especial de la Seguridad Social del sector marítimo-pesquero, se incluyen en el primer grupo de cotización, entre otros, los trabajadores: Por cuenta ajena o asimiladas retribuidas a salario que realicen alguna de las actividades enumeradas en el artículo 3 de la Ley. Los estibadores portuarios. Por cuenta ajena retribuidas a la parte, que ejerzan su actividad pesquera a bordo de embarcaciones que no excedan de 10 TRB, enroladas en las mismas como técnicos o tripulantes. Por cuenta propia como mariscadores, percebeiros, recogedores de algas y análogos. 38. Es causa de extinción del derecho al Ingreso Mínimo Vital: La salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales al año. El mero cambio de domicilio sin notificación. La pérdida de la nacionalidad española. La salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a cuarenta y cinco días naturales al año. 39. Los perceptores de los subsidios de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia natural, que cumplan el período de cotización que, en su caso, esté establecido: No podrán causar derecho a las prestaciones de muerte y supervivencia. Únicamente podrán causar derecho a la pensión de viudedad derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Solo si la contingencia es profesional. Podrán causar derecho a las prestaciones de muerte y supervivencia, siempre que se cumplan los requisitos necesarios. 40. El artículo 41 de la Constitución Española garantiza la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, incluyendo específicamente el caso de: Viudedad. Huérfanos. Jubilación. Discapacidad. 41. Las pensiones contributivas derivadas de contingencias comunes se satisfacen en: Doce pagas, correspondientes a cada uno de los meses del año. Catorce pagas, correspondientes a cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengarán en los meses de junio y diciembre. Catorce pagas, correspondientes a cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengarán en los meses de julio y noviembre. Catorce pagas, correspondientes a cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengarán en los meses de junio y noviembre. 42. La prestación por desempleo se extinguirá por la realización de un trabajo por cuenta propia en el RETA o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, por tiempo igual o superior a: Sesenta meses. Treinta y seis meses. Doce meses. Veinticuatro meses. 43. El período mínimo de cotización necesario para acceder a la jubilación en su modalidad contributiva es de: 15 años de los cuales al menos cinco deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. 25 años de los cuales al menos diez deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. 15 años de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. 15 años de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los diez años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. 44. Un requisito necesario para tener derecho a una pensión de invalidez no contributiva es: Haber residido en territorio español durante 10 años, de los cuales uno tiene que ser inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la pensión. Ser mayor de 65 años. Estar afectado por una discapacidad o enfermedad crónica, en un grado igual o superior al 65 por ciento. Ser menor de 65 años. 45. En el Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, se entenderá que existen períodos de inactividad dentro de un mes natural cuando el número de jornadas reales en él realizadas sea inferior al: 76,67 por ciento de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el sistema especial en dicho mes. 90 por ciento de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el sistema especial en dicho mes. 80 por ciento de las jornadas reales en el último mes. 50 por ciento de los días naturales en que el trabajador figure incluido en el sistema especial en dicho mes. 46. En la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, el subsidio se abonará: A partir del cuarto día de la baja en el trabajo. A cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo. A partir del tercer día de la baja en el trabajo. Desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja. 47. En los supuestos de solicitudes de altas de trabajadores autónomos, presentadas fuera de plazo, la base de cotización para el periodo comprendido entre la fecha del alta y el último día del mes natural inmediatamente anterior a aquel en que se presentó la solicitud, será: La base mínima del tramo 1 de la tabla general de bases de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La base máxima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La base de cotización mínima para contingencias comunes para los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social del grupo de cotización 7. La base mínima del tramo 3 de la tabla reducida de bases de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 48. La percepción del complemento económico por jubilación a una edad superior a la ordinaria es: Incompatible con el acceso al envejecimiento activo regulado. Compatible con el acceso al envejecimiento activo, siempre que no se hubiera reunido el período mínimo de cotización establecido. Siempre compatible con el envejecimiento activo. Compatible con el acceso al envejecimiento activo, cuando no se ha alcanzado la edad de jubilación establecida. 49. El período mínimo de cotización necesario para ser beneficiario del subsidio por incapacidad temporal en caso de enfermedad común es: Noventa días dentro de los tres años inmediatamente anteriores al hecho causante. Trescientos sesenta y cinco días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante. En ningún caso se exigirá período previo de cotización. Ciento ochenta días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante, salvo en las situaciones especiales previstas. 50. En el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, se requerirá al trabajador un mínimo de jornadas reales en un periodo continuado de 365 días y solicitud expresa de inclusión en los 3 meses naturales siguientes a la última jornada para quedar incluido durante los periodos de inactividad, si ha realizado un mínimo de: 20 jornadas reales. 30 jornadas reales. 25 jornadas reales. 15 jornadas reales. La puntuación media es 0% Reiniciar cuestionario Por Wordpress Quiz plugin