En el año 2007 se dio un vuelco a la clasificación en el personal funcionario, a través del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y esto afectó a las Oposiciones al Grupo B. ¿Qué son ahora? ¿De dónde venían? Antes de formular más respuestas filosóficas, entremos en materia con este artículo.
¿Qué sucede con las Oposiciones del Grupo B?
Desde que cambió la normativa en 2007, cambió la clasificación de los grupos en las oposiciones y lo que antes era de una forma, ahora evolucionó y la escala que se vio más afectada fue la del Grupo B. Sigue existiendo, pero es poco frecuente ver convocatorias. Te lo contamos todo: antes y después.
Oposiciones del Grupo B anteriormente y después de la modificación
Antes de la modificación del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las Oposiciones para el Grupo B eran bastante frecuentes porque requerían una titulación universitaria para poder acceder a ellas. Pero ahora a los puestos en los que se exige este requisito es a los A2, así que ¿Qué fue de la escala con la segunda letra del abecedario por nombre?
Las Oposiciones del Grupo B antes eran para los/as titulados universitarios/as, pero ahora es para los titulados/as en una FP Superior.
Pues ahora el cuadro es diferente. Desde la modificación, los grupos de clasificación evolucionaron y ahora el Grupo B requiere de una titulación Técnica Superior de FP. Este sería el esquema de cómo está estructurado, tal y como dicta la ley:
- Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2 -antes conocido como Grupo B-. Para el acceso a los cuerpos o escalas de esta categoría se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley demande otro título universitario será este el que se tenga en cuenta.
- Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior.
- Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso. Concretamente, para los C1 se requiere un título Técnico -FP de Grado Medio- o Bachiller y para los C2 se requiere un título de Graduado en ESO.
A mayores, en el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público se especifica que la clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.
Algunas de las oposiciones que antes pertenecían al Grupo B
Hoy en día estamos más que habituados a relacionar estas oposiciones con el Grupo A2, pero antiguamente pertenecían al Grupo B. Solo por nostalgia y echar una miradita al pasado, te mostramos algunas de ellas:
- Oposiciones a Administrativo de Corporaciones Locales.
- Oposiciones a Administrativo de Comunidad Autónoma.
- Oposiciones a Tramitación Procesal y Auxilio Judicial.
- Oposiciones de la Gestión de la Administración Civil del Estado.
¿Se celebran Oposiciones para el Grupo B?
Al modificarse la normativa, el Grupo B es de las clasificaciones que publican plazas con menor frecuencia, cuando antes pasaba lo contrario. Y esto sucede porque no solo perdió su hueco con el Grupo A2, también porque los requisitos de una titulación técnica superior los absorbió el Subgrupo C1.
Actualmente, confluyen dos factores que hacen que las convocatorias se reduzcan: el Grupo A2 exige la titulación universitaria y las Administraciones aprueban plazas con titulación técnica superior para el Subgrupo C1.
Las Administraciones Públicas continúan esta tendencia, mientras que los sindicatos funcionariales exigen que se engrosen en número de convocatorias para el Grupo B que, de forma directa, disfrutan de mejores condiciones en comparación a la escala inferior, como un mayor salario que veremos más abajo.
Retribuciones para el Grupo B
Atendiendo a lo indicado en la ley de medidas para la reforma de la Función Pública, el sueldo de los funcionarios se compone de los siguientes complementos retributivos: salario base, pagas extraordinarias, complemento de destino, complemento específico por las condiciones particulares al puesto de trabajo. Cada año se revisan los Presupuestos Generales del Estado para fijar las tablas salariales, que para el Grupo B serían como siguen este 2022:
- Salario base de 11.235 euros brutos al año, al que se le añaden el resto de los complementos.
- Pagas extras en junio y en diciembre con 809,20 euros cada una.
- Antigüedad o trienios que suponen, al año, un plus de 409,32 euros brutos.
- Complemento de destino puede ascender desde el nivel 1 al 30 y en el más alto, en el Grupo B podrían disfrutar de hasta 28.001,26 euros brutos al año, sumando todas las partes anteriores y excluyendo los trienios.
- Esto sin sumar los complementos específicos que ofrecen un amplio rango de variables.
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